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Agosto 17, 2007

Hola soy colombiana y me voy a casar con un español

Archivado en: CIVIL, EXTRANJERÍA, LABORAL — tuabogado @ 11:55

Hola soy colombiana y me voy a casar con un español

Cuales son los requisitos para casarnos en españa ?

Cuanto tiempo tengo que esperar para poder trabajar ?

Gracias

 Si todavía te encuentras en tu país y quieres casarte en España, sólo podrás salir de Colombia con un visado de turísta.

Una vez en España no tendrás ningún problema para casarte, el matrimonio es un derecho que se puede ejercer libremente sin más limitación que la de no tener un matrimonio anterior o no estar debidamente divorciado. Así que si estás casada o separada tendrás que divorciarte.

El matrimonio con una persona de nacionalidad española da derecho a un permiso de familiar de comunitario, para obtener ese permiso será necesario presentar :

- Certificado de matrimonio

- Pasaporte en vigor

- DNI del cónyuge español

- Empadronamiento

- Sentencia de divorcio (si  hubieras estado casada con anterioridad)

 Una vez concedido ese permiso, (el trámite no es muy largo, dependiendo de la administración puede demorar unos dos o tres meses) el extranjero (familiar de comunitario) podrá trabajar en cualquier actividad sin necesidad de solicitar una autorización de trabajo, sin más requisito que le correspondiente contrato de trabajo.

 saludos

Mayo 30, 2007

INFORMACIÓN: EL TELÉFONO DE ATENCIÓN 636713017 ESTÁ ACTIVO DE 10:00 A 20:00 horas SÓLO PARA RESIDENTES EN LA PROVINCIA DE VALENCIA

Archivado en: CIVIL, EXTRANJERÍA, LABORAL, LEGAL — tuabogado @ 11:55

 Asesoría jurídica en derecho penal, civil, laboral y extranjería, sólo para los residentes en la Provincia y ciudad de Valencia.

Mayo 5, 2007

¿Cómo puedo obtener un Permiso de Trabajo?

Archivado en: EXTRANJERÍA, LABORAL, LEGAL — tuabogado @ 11:55

DOTodos los extranjeros que hayan efectuado una entrada ilegal en el país, es decir, que carecen de visado o que entraron con un visado de turismo que ha caducado, tienen diferentes opciones dependiendo de su situación personal;

Los extranjeros que hubieran llegado a España hace más de tres años podrán solicitar un permiso de trabajo por arraigo social, para conseguir ese tipo de tarjeta se ha de probar que el extranjero ha permanecido en España de manera continuada y el Ayuntamiento de la localidad dónde se haya empadronado deberá remitir un informe de integración.

Los extranjeros que hubieran llegado a España hace al menos dos años, estos tienen la posibilidad de solicitar un permiso por arraigo laboral, lo que supone una complicación porque es necesario probar haber mantenido una relación laboral, que habrá sido ilegal, por lo tanto la única forma de acceder a esta tarjeta es una Sentencia que condene a la empresa que ha contratado al trabajador sin papeles, lo que implica que el extranjero debería haber denunciado a la empresa.

Los extranjeros que solo tengan un año de permanencia en España o en cualquier otro país del territorio comunitario, para estos será un poco más difícil porque se requiere la llamada oferta de trabajo que tenga en cuenta la SNE (situación nacional de empleo), o lo que viene a ser, una oferta de trabajo de paro cero, lo que es prácticamente imposible de conseguir. A pesar de ello existe la posibilidad de obtener un permiso si se consigue una oferta que tenga el carácer de difícil cobertura, las profesiones o trabajos de difícil cobertura se publican trimestralmente en las páginas del Servef.

Si quieres un asesoramiento directo contacta a través de nuestro teléfono móvil 636713017.

También puedes descargar tu propio modelo de solicitud en;  http://extranjeros.mtas.es/es/general/ex01.pdf

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